SIXTO O SISTO VILLEGAS - SANDALIA NATIVIDAD VIDELA DORNA. Una larga y compleja biografía.
Fotos personales tomadas el 15 de mayo de 2023
Muchas veces y con demasioado frecuencia las placas conmemorativas o las lápidas nos aportan datos sobre el nacimiento y fallecimiento de las personalidades estudiadas que difieren de la información que nos brindan las diversas genealogías. En este caso en la inscripción que vemos delante del altar en el interior de este monumento funerario podemos leer: "Dr. SISTO VILLEGAS+22 noviembre 1881. SANDALIA VIDELA DORNA DE VILLEGAS. 17 enero 1904". Los datos que consignan la documentación consultada dicen que el Dr. SIXTO VILLEGAS nació el 16 de marzo de 1831 y falleció el 22 noviembre 1881SANDALIA NATIVIDAD VIDELA DORNA nació el 3 de julio de 1844 y falleció a los 59 años el 17 enero 1904. Este es el juez al que le tocó juzgar a Juan Manuel de Rosas en ausencia. Encontramos a muchos de los protagonistas de nuestra historia como en un escenario donde se encuentran a pòcos pasos unos de otros.
RECURSO.
Sixto Villegas nacido como Sixto de Villegas Machado Manzanares y del Campo Maciel (Buenos Aires, 16 de marzo de 1831 - ib., 4 de noviembre de 1881) era un jurisconsulto y funcionario de gobierno argentino que como relator del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Buenos Aires le correspondiera integrar el juicio de los sucesos políticos de 1857, y además como juez, de emitir en 1861 el fallo en primera instancia, del juicio al brigadier general Juan Manuel de Rosas que estaba en el exilio. También fue designado como fiscal en 1871, participando en la Reforma Constitucional de la provincia de Buenos Aires de 1873, para luego mudar al cargo de vocal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 1874. Al pasar a la magistratura provincial como secretario en 1875, se convertiría en presidente de la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires en el período desde 1876 hasta 1880, entre otros cargos destacados. Sixto era el hijo menor del jurista patriota Miguel Mariano de Villegas y hermano del doctor Miguel Francisco y del cónsul Jacinto Mariano.
Biografía hasta la obtención del doctorado. Origen familiar y primeros años
Sixto Villegas había nacido el 16 de marzo de 1831 en la ciudad de Buenos Aires, capital de la autónoma provincia homónima que formaba parte de la Confederación Argentina, siendo el hijo menor del doctor Miguel Mariano de Villegas1 y de Juana María del Campo Maciel (n. 1792), una hermana de Juan Estanislao e hija de Augusto Nicolás del Campo—capitán de la guardia de su tío homónimo el virrey Nicolás del Campo, II marqués de Loreto— quien fuera un cabildante colonial bonaerense que participó en el Cabildo Abierto de 1810, y de María Juana Maciel Lacoizqueta y Fernández de Valdivieso Arbizu Herrera Cabrera, una descendiente de conquistadores, primeros pobladores de origen luso-hispano, adelantados y gobernantes rioplatenses.
Tuvo cuatro hermanos, siendo los más destacados Miguel Francisco de Villegas y Jacinto Mariano de Villegas, además de Antonio Miguel y de Andrés Miguel de Villegas Machado Manzanares y del Campo Maciel.
Estudios secundarios y universitarios
Hacia principios de 1843, Sixto Villegas comenzó sus estudios secundarios en el convento de San Francisco de la ciudad de Buenos Aires, de donde egresó en el año 1848.
Inmediatamente de terminar sus estudios básicos, ingresó a la Universidad de Buenos Aires en el Departamento de Jurisprudencia que a partir de su fundación en 1821 —que sucedería a la Academia teórico-práctica de Jurisprudencia creada por el Supremo Tribunal de Justicia de Buenos Aires en 1814— ocuparía dependencias de la Universidad en la sede del Colegio Central y en el convento de San Francisco a donde cursarían sus alumnos —hasta que se transformó en facultad en 1874 y con sede propia en 1878— por no poseer un edificio ad hoc.
Finalmente Sixto Villegas recibió el título de doctor en jurisprudencia en 1851, luego de haber sido aprobada su tesis: "Donaciones inter-vivos".
Juez nacional y provincial, y el juicio a Rosas
Su doctorado e ingreso a la magistratura y la caída del gobierno rosista
Una vez recibido el título de doctor en jurisprudencia, Sixto de Villegas ingresó inmediatamente a la magistratura, durante el final del gobierno rosista, en 1851.
Tras la derrota del gobernador y brigadier general Juan Manuel de Rosas en la batalla de Caseros, el día 3 de febrero de 1852, y en donde su hermano Miguel de Villegas tuviera una destacada actuación, terminó Rosas abandonando el campo de batalla para luego firmar su renuncia.
Rosas se había refugiado en el consulado británico bajo la protección del cónsul Robert Gore, y por la tarde del día siguiente, partiría hacia Europa en el buque de guerra británico «Conflict» para instalarse en las afueras de Southampton, en la costa meridional inglesa, residiendo en una granja obsequiada por el mismo gobierno.
Gobiernos bonaerenses controlados por Urquiza y el sitio de Buenos Aires
De esta forma, el general Justo José de Urquiza asumió el gobierno provincial y luego de dos días, nombró como gobernador de la provincia de Buenos Aires a Vicente López y Planes que sin permiso de la legislatura firmó el Acuerdo de San Nicolás, camino imprescindible para la sanción de una Constitución Nacional, pero viendo que no era controlado por Buenos Aires, lo rechazó y el gobernador terminó renunciando el 26 de julio del citado año.
El fallido sucesor fue el general José Miguel Galán que fue depuesto por la revolución del 11 de septiembre de 1852 comandada por Valentín Alsina, en cuanto Urquiza partía hacia Santa Fe, quedando aquel como gobernador electo el 31 de octubre. Esto provocó una contrarrevolución y sitio de Buenos Aires el 1º de diciembre, liderado por el coronel Hilario Lagos y exigiendo la reincorporación de la provincia a la confederación y la renuncia de Alsina quien lo hiciera voluntariamente el 6 de diciembre, siendo remplazado por el general Manuel Pinto.
Al poco tiempo, Urquiza envió tropas de apoyo a Lagos para reforzar el sitio con sus tropas de caballería pero sin lograr vencer la resistencia de la ciudad, en la cual estaba enrolado el hermano mayor de Sixto, el entonces capitán de caballería Miguel Francisco de Villegas. Por otra parte, el gobierno porteño envió a un prestigioso jefe de campaña llamado Pedro Rosas y Belgrano —un hijo natural de Manuel Belgrano y adoptado legalmente por Juan Manuel de Rosas— a reunir las tropas que permanecían leales en el interior de la provincia, pero fueron completamente derrotadas el 22 de enero del siguiente año en la batalla de San Gregorio, y durante varios meses, la ciudad de Buenos Aires permaneció sitiada y bloqueada, aunque por su superioridad financiera se mantenía a salvo de los ataques.
Separación del Estado de Buenos Aires de la confederación
El 1° de mayo de 1853 se aprobó la Constitución Nacional de la Confederación Argentina incluso por la de Buenos Aires, protagonizada por el general Lagos quien fuera el comandante militar y político del interior provincial quien reuniera una legislatura elegida de apuro para realizar la votación, pero como la ciudad de Buenos Aires tuvo desacuerdos políticos y económicos luego del fallido tratado del 9 de marzo, se terminó apartando, y el 12 de julio, Urquiza abandonaría el fracasado sitio, seguido del propio general Lagos y sus tropas, dando comienzo al Estado de Buenos Aires que durante los siguientes ocho años permanecería separado de la confederación.
En abril de 1854 se sancionó la Constitución del nuevo Estado siendo sus atribuciones muy similares a la Constitución confederada, aunque establecía un período gubernativo de cuatro años, a diferencia de los seis de la presidencia. Además reconocía a la religión católica como oficial, mientras que la confederación había elegido un compromiso menor, asentando de sostener el culto católico. Otras diferencias eran la elección del gobernador por la Sala de Representantes y la existencia de la Asamblea Legislativa como instancia ratificadora de las leyes vetadas por una cámara o el gobernador. Tras su sanción fue declarado primer mandatario constitucional a Pastor Obligado.
Juez bonaerense encargado en el caso de Rosas
El doctor Sixto Villegas fue nombrado en 1855 relator del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Buenos Aires, correspondiéndole juzgar los acontecimientos políticos de 1857.
El 9 de agosto de 1856 el Senado de Buenos Aires sancionó un proyecto de ley en el cual se calificó a Rosas de “reo de lesa patria” y se declaró la competencia de la justicia de los tribunales en el juzgamiento de los delitos ordinarios por él cometidos. La Cámara de Representantes trató ese proyecto en cinco sesiones del 1º al 15 de julio de 1857.
El Senado lo aceptó el 28 de julio del mismo año, por lo que quedó sancionada la “Ley sobre enjuiciamiento de Juan Manuel Rosas” que el 29 de julio fue promulgada por el gobierno de Buenos Aires, con arreglo al decreto del 16 de febrero de 1852 que declaraba propiedad pública todos los bienes que le pertenecieron y se autorizaba al Poder Ejecutivo para la venta en subasta pública de las tierras correspondientes, y de la misma forma con las fincas urbanas del mismo origen, incluso Palermo y sus adyacencias, que se hallasen dentro de los límites del municipio porteño que le serían entregadas.
En cuanto al proceso criminal por los delitos comunes cometidos por Rosas, se abrió con la requisitoria del ministerio público, y quien actuó como fiscal fue el doctor Emilio A. Agrelo, conocido por su versación jurídica y sus conocimientos de la entonces vigente legislación penal española.
La acusación abarcaba asesinatos individuales y colectivos, degüellos en 1840 y 1842 cometidos en las calles de Buenos Aires, la ejecución de prisioneros de guerra, inclusive a los que se habrían rendido, además de las confiscaciones y robos de que fueron objeto las propiedades de aquellos que llamaba “Salvajes Unitarios”.
El 23 de octubre de 1859 estalló la Batalla de Cepeda, con un triunfo de Urquiza. Tras el éxito de la confederación, se exigió el regreso de Buenos Aires pero no cumplió con la exigencia por la misma razón aduanera.
Fallo judicial en primera instancia del doctor Villegas
El 17 de abril de 1861, Sixto Villegas tuvo que emitir el fallo en primera instancia en la causa judicial por la que fue acusado Juan Manuel de Rosas. Doce son las conclusiones de su sentencia demostrativas de igual número de delitos atroces, sumando unos 285 asesinatos, como en los considerandos 4° y 5° del homicidio de Camila O'Gorman el 18 de agosto de 1848, una “joven víctima de la debilidad del sexo” y del infanticidio de su hijo “madurado hasta los últimos meses en sus entrañas”,7 sin olvidar a su amante, el sacerdote Ladislao Gutiérrez, por lo cual condena a Rosas a la Pena de muerte y a la restitución de lo que había robado al fisco y lo condenó, diciendo: “Por tantos y tan horrendos crímenes comprobados contra el hombre, contra la patria, contra la Naturaleza, contra Dios(...)En cumplimiento de las leyes, en nombre de las generaciones que pasan y piden justicia y en nombre de las generaciones que vienen y esperan ejemplo(...)”
Componían el tribunal de segunda instancia, los doctores Juan José Alsina, Benito Carrasco, Font y José Barros Pazos.
La sentencia del juez Sixto Villegas, confirmada por la Cámara de Apelaciones y el Superior Tribunal, fue la siguiente: “Condeno, como debo, a Juan Manuel de Rosas a la pena ordinaria de muerte con calidad aleve; a la restitución de los haberes robados a los particulares y al fisco y a ser ejecutado día y hora que se señale, en San Benito de Palermo, último foco de sus crímenes (...)”
Reunificación de la Nación Argentina, decano universitario y deceso
La Batalla de Pavón y la disolución del Estado de Buenos Aires
El 17 de septiembre de 1861 se originó la Batalla de Pavón, con el triunfo de Bartolomé Mitre quien fuera comandante de las fuerzas bonaerenses que fue ayudado por potencias extranjeras. De esta manera, se acordó el regreso de Buenos Aires a la confederación pero bajo los términos que la provincia impusiese y de esta manera, los porteños se comprometían a compartir un porcentaje de sus ingresos aduaneros durante cinco años, disolviéndose el Estado de Buenos Aires e incorporándose como provincia a la República Argentina.
Villegas también actuó como Convencional Constituyente provincial a partir del 21 de mayo de 1870 y fue nombrado fiscal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina en 1871.
Fue además examinador del «Proyecto Tejedor» del Código Penal nacional presentado por el doctor Carlos Tejedor, además del respectivo estudio que él mismo realizó el 3 de enero de 1880 resultando el nuevo «Proyecto 1881», conjuntamente con los doctores Andrés Ugarriza y Juan A. García, y presentado al examen del parlamento. Este último proyecto, cuando pasó el 11 de mayo del citado año por la Cámara de Diputados, no fue aceptado, aunque más adelante sería implementado con ciertas modificaciones por la provincia de Córdoba, habiendo aceptado la Nación Argentina, el «Proyecto Tejedor».8
Fue nombrado Sixto de Villegas como vocal de la Suprema Corte de la Nación el 27 de agosto de 1874, y el 23 de enero de 1875 fue secretario de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, siendo presidente de la misma, entre el 7 de enero de 1876 y el 7 de enero de 1881. Originalmente se había instalado en el cabildo de la ciudad (hasta el 15 de abril de 1884).9
Decano de la facultad de Derecho
Al fundarse la facultad de Derecho de la provincia de Buenos Aires en 1874, Villegas fue nombrado decano de la misma durante el período de 1877 hasta 1881.
En 1878 la facultad logró tener un edificio propio para dictar clases.
También colaboró en la «Revista de Legislación y Jurisprudencia», donde se reprodujo dos vistas fiscales sobre “Pena del hurto con fractura” y "Retroactividad de la ley en materia criminal".
Fallecimiento y posterior aplicación de su «Proyecto 1881»[editar]
El doctor Sixto de Villegas del Campo, falleció en la ciudad de Buenos Aires, el 4 de noviembre de 1881, acompañado por su mujer e hijos.
El 22 de noviembre del mismo año, el Poder Judicial le hizo honores fúnebres al desaparecido doctor Villegas.11
Años después de su muerte, el gobierno de la provincia de Córdoba implementaría su «Proyecto 1881» para el Código Penal provincial haciéndole algunas modificaciones.
Matrimonio y descendencia Sixto de Villegas y del Campo Maciel se había unido en matrimonio el 17 de septiembre de 1864 en la ciudad de Buenos Aires, con Sandalia Natividad de Videla y Dorna (Buenos Aires, 3 de julio de 1844 - ib., 17 de enero de 1904), con quien tuvo dos hijos:
· Enrique Casimiro Villegas Videla-Dorna (Buenos Aires, 1870 - ¿?, 1917) que se casó con Dolores Telma Tezanos Videla-Dorna, teniendo una hija llamada Lydia María Villegas Tezanos.
· Cora Villegas Videla-Dorna (n. Buenos Aires, 26 de enero de 1875) enlazada con Froilán Heredia Ramírez (Buenos Aires, 1873 - ib., 25 de noviembre de 1942).
Opiniones de historiadores y juristas destacados sobre su personalidad
El biógrafo e historiador argentino contemporáneo Vicente Osvaldo Cutolo, cuando realizó su biografía en su obra "Nuevo Diccionario Biográfico Argentino" le dedicó unos párrafos para expresar lo que diversos juristas opinaban de Sixto de Villegas, dejando previamente una opinión de autor que dice así:
"Fue un jurista destacado, severo e inteligente, de gran dignidad y señorío."
El doctor Pedro Goyena al pronunciar el discurso del 24 de junio de 1882, durante la colación de grados —ceremonia de celebración de los graduados universitarios— se refirió en lo referente a su existencia como "la vida ejemplar del doctor Villegas".
Por otra parte, sobre este biografiado, el doctor Francisco Alcobendas dijo sobre él lo siguiente: "Su rectitud y honradez acrisolada, la severidad de sus opiniones, el tinte de inteligencia y estudio que revelaba sus trabajos, precisión con que llevaba a todos el convencimiento de la justicia que nos inspiraba, oponían una valla insalvable al que hubiera pretendido buscar en sus actos móviles adversos a todo sentimiento digno."
Agregando otra expresión en lo referente a Villegas, el doctor Victorino de la Plaza afirmó:
"En su existencia no hay sombras, en su espíritu no hay vacilaciones, en su estilo no hay dudas. La Honradez de su alma es una fuente límpida que no ofrece tropiezos a su voluntad."
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