BENJAMÍN PAZ. Político, gobernador de Tucumán y Juez de la Corte Suprema nacional.
Fotos personales tomadas el 29 de septiembre de 2020 y el 16 de julio de 2022
La arquitectura de este monumento funerario es muy rica en símbolos. En los dos frontones que vemos en su frente podemos observar ACRÓTERAS tanto en sus extremos como en su punto central. En el tímpano de ese frontón vemos una CORONA que aparentemente es de la flor llamada "nomeolvides". El círculo de la corona nos remite a pensar en eternidad y esa idea es fortalecida con las flores que prometen nunca olvidar. Las ANTORCHAS INVERTIDAS confirman la serenidad con la cual se aproximan a la muerte ya que las mismas confirman que la LUZ DE LA VIDA siempre vencen a las tinieblas de la muerte. Vemos una versión de la CRUZ que en sus extremos es portadora de FLOR DE LIS y por ello se la denomina "flordelisada". En la placa conmemorativa con muchos símbolos que merecen un capítulo aparte podemos leer: "ANBITIO VITAE EJUS JUSTITIA. Al Doctor BENJAMÍN PAZ. Los miembros de la Suprema Corte, Cámara Federa, Jueces y Secretarios, la Jussticia Federal de la República". Esta placa esta firmada por sus hacedores: "La Moderna". En ella vemos una doliente inclinada con un manto de resurrección sobre una urna funeraria. En el tímpano del frontón inferior vemos un ramo de flores de amapolas que nuevamente simboliza el sueño eterno deseado y buscado.
RECURSO.
Benjamín Paz
Benjamín Paz integra el elenco de ministros que más años ejerció la presidencia del Máximo Tribunal: desde 1892, hasta su muerte el 8 de noviembre de 1902. Había nacido en Tucumán el 31 de marzo de 1836. Se recibió de abogado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Córdoba en 1858. Por entonces, también estudiaba allí Abel Bazán, con quien luego coincidiría en la Corte. Apenas regresó de Córdoba a su provincia natal, Paz inició su carrera judicial: fue sucesivamente agente fiscal, juez de comercio y llegó a ejercer la presidencia del Tribunal Superior de la provincia.
En 1876 se inició en la política como legislador provincial. Ese mismo año fue electo senador nacional, cargo que desempeñó hasta su elección como gobernador de Tucumán, en 1882. Durante su mandato fue reformada la constitución provincial, limitando la duración de los gobernadores a tres años y haciendo que el colegio electoral provincial tuviera carácter permanente, de modo de simplificar la elección de nuevo gobernador en caso de fallecimiento o renuncia del titular.
Paz acompañó su vocación pública con la académica, lo que lo llevó a ser el primer rector de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Políticas de Tucumán, que funcionó desde 1875 hasta 1880 en la formación de abogados. Además, reemplazó a José María Moreno como profesor de Derecho Civil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, de la cual llegó a ser decano.
En 1882 Julio Argentino Roca lo designó ministro del Interior y en 1886 fue elegido nuevamente senador nacional, función que ocupaba cuando Carlos Pellegrini lo nombró juez de la Corte, en reemplazo de Luis Saenz Peña, quien renunció al tribunal para presentarse como candidato a presidente de la Nación.
En julio de 1892, Benjamín Victorica, entonces presidente del Máximo Tribunal, renunció a su cargo. Pellegrini designó a Paz como presidente de la Corte y nombró a Juan Torrent para cubrir el cargo vacante. El elenco compuesto por Paz, Bazán, Octavio Bunge, Luis Varela y Torrent no sufrió ninguna modificación durante una década. En ese tiempo intervino en casos emblemáticos como “Cullen c/Llerena” (Fallos 53:420), sentencia que recepta en la jurisprudencia argentina la doctrina de las cuestiones políticas no justiciables. Allí, la Corte, por mayoría, dijo que los actos políticos de los poderes políticos de la Nación, disponiendo su intervención en las provincias, no fundan un caso judicial.
También firmó la sentencia en el caso “Leandro N. Alem” (Fallos: 54:432), en el cual se discutió si el estado de sitio suspende las inmunidades parlamentarias. Por unanimidad, el Máximo Tribunal resolvió que la garantía de la inviolabilidad personal no queda suspendida durante el estado de sitio dado que aquel instituto “lejos de suspender el imperio de la Constitución, se declara para defenderla, y lejos de suprimir las funciones de los poderes públicos por ella instituidos, les sirve de escudo contra los peligros de las conmociones interiores o de los ataques exteriores”.
Otro caso emblemático fue la condena a muerte del Coronel Mariano Espina, partidario de Alem, dispuesta por el Consejo de Guerra de la jurisdicción militar. En disidencia, Paz junto al conjuez Jose María Gutiérrez, consideraron que “el juzgamiento de la rebelión por los consejos de guerra, que no pueden conocer sino delitos militares, no habría hecho sino prescindir de la verdadera infracción de la ley, del delito político; para castigar con muerte, en analogías expresamente proscriptas el derecho penal, un acto que no pueden juzgar ni castigar, según las leyes existentes”. Agregaron que “no existe ley anterior que autorice a proceder por consejo de guerra el delito de rebelión”. Concluyeron que el juzgamiento del delito de rebelión corresponde a los tribunales federales porque “ningún habitante de la Nación puede ser sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa” (Fallos 54:584).
Paz estaba casado con Dalmira Colombres, con quien tuvo siete hijos. La muerte del mayor, Benjamín, a los 32 años, el 21 de febrero de 1902, le provocó un abatimiento profundo. Ocho meses más tarde, el juez falleció.
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